EL TRIJEZ DECLARA LA NULIDAD DE VOTACIÓN DE CASILLA EN OJOCALIENTE, ZACATECAS.

                                                                                                                        

 

En sesión pública virtual del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas se resolvieron tres Juicios de Nulidad Electoral (JNE), dos Juicios de la Ciudadanía (JDC) y dos Procedimientos Especiales Sancionadores (PES), relacionados con la impugnación de resultados de la elección del proceso electoral local.

En lo que respecta al JDC promovido por la candidata postulada por el partido político Morena y por los partidos políticos Morena y Encuentro Solidario Zacatecas, para controvertir los resultados emitidos por el Consejo Distrital  Electoral XI del IEEZ, con cabecera en Ojocaliente, Zacatecas, el Tribunal declaró la nulidad de la votación recibida en la casilla y modificó los resultados asentados en el acta de cómputo distrital, en virtud de que se acreditó la indebida integración de la mesa directiva de casilla, sin embargo, el Pleno confirmó la validez de la elección de las candidatas postuladas por la coalición “Fuerza y Corazón por Zacatecas” debido a que los promoventes no acreditaron las causales de nulidad de la elección.

En relación al JNE interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional en contra de los resultados emitidos por el Consejo Distrital Electoral XIV del IEEZ con sede en Pinos, Zacatecas, el Pleno confirmó los resultados establecidos en el acta de cómputo de la elección de diputados por Mayoría Relativa (MR), ya que el partido demandante no demostró las causales de nulidad de votación recibida en casilla, ni la nulidad de elección que pretendía hacer valer en su demanda.

En lo concerniente al PES interpuesto por el Partido Político Morena en contra del candidato a diputado por MR por el Distrito Electoral XV y el Partido del Trabajo, el Tribunal determinó la existencia de la indebida identificación de propaganda política electoral, sin embargo determinó la inexistencia de apropiación indebida de frases que pusieran en duda la certeza sobre el electorado.

Finalmente en el PES promovido por el Partido Verde Ecologista de México en contra de Miguel Varela Pinedo, el Pleno del Tribunal declaró inexistentes las infracciones atribuidas al denunciado, debido a que no se acreditaron los hechos denunciados y tampoco se acreditó la culpa por falta de vigilancia de los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática.

Todas las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral son públicas y pueden ser consultadas en el sitio web oficial www.trijez.mx