EL TRIJEZ REALIZA PRIMERA SESIÓN PÚBLICA CON INTERPRETE DE LENGUA DE SEÑAS MEXICANA

 

 

 

 

El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas realizó la primera Sesión Pública de resolución con intérprete de Lengua de Señas Mexicana, producto del Convenio de Colaboración Interinstitucional que se celebró con el Instituto de Atención e Inclusión para las Personas con Discapacidad del Estado.

 

En esta sesión pública,  se contó con la participación del intérprete Osvaldo Silva Espinoza, quien contribuyó a divulgar de manera inclusiva la resolución de dos Procedimientos Especiales Sancionadores identificados con los números de expediente TRIJEZ-PES-004/2024 y TRIJEZ- PES-005/2024, así como el Recurso de Revisión de clave TRIJEZ-RR-004/2024.

 

En primer término, se resolvieron los Procedimientos Especiales Sancionadores iniciados por el Partido Acción Nacional en contra de la empresa encuestadora “TrueData. Investigación Estadística”, el periódico “La Jornada Zacatecas”, y los Presidentes Municipales de Zacatecas y Guadalupe, respectivamente, debido a que el partido denunciante consideró que la publicación y difusión de encuestas de preferencias electorales en medios impresos y en la red social Facebook no contenían los elementos necesarios para su emisión y vulneraban tanto la Ley Electoral Local como el Reglamento de Elecciones del INE.

 

El Pleno del TRIJEZ determinó, por unanimidad de votos,  la inexistencia de las conductas e infracciones atribuidas a los denunciados debido a que, de las pruebas contenidas en el expediente, se desprendió que se cumplió con las obligaciones comprendidas dentro del Reglamento de Elecciones del INE, se atendieron los requisitos estipulados para las publicaciones de preferencias electorales establecidas en el mismo reglamento, además que no se acreditó que los presidentes municipales de Guadalupe y Zacatecas intervinieran en la elaboración, publicación y/o difusión de las encuestas.

 

En segundo término, las Magistraturas resolvieron el Recurso de Revisión TRIJEZ-RR-004/2024, promovido por el Partido Verde Ecologista de México, en contra de del acuerdo emitido por la Comisión de Asuntos Jurídicos del IEEZ, a través del cual declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por el partido actor en un diverso Procedimiento Especial Sancionador iniciado por la probable comisión de actos anticipados de campaña.

El partido actor señaló en su escrito de demanda que la autoridad responsable omitió hacer una valoración integral de los argumentos, así como de los hechos que aportó en la denuncia al momento de negar las medidas cautelares que solicitó.

 

Las Magistradas y el Magistrado determinaron, por unanimidad de votos, confirmar el acuerdo impugnado, dado que la determinación de la Comisión de Asuntos Jurídicos del IEEZ estuvo apegada a Derecho, ya que si realizó un análisis contextual de las pruebas, hechos y publicaciones denunciadas, aunado a ello la autoridad responsable ponderó y valoró otros derechos involucrados como la libertad de expresión e información cuando se trata de redes sociales, razón por la cual se consideró que fue conforme a Derecho la determinación de improcedencia de medidas cautelares.

 

Con motivo del desarrollo del Proceso Electoral 2023 – 2024, el TRIJEZ contará con la colaboración de intérpretes de Lengua de Señas Mexicana en las sesiones públicas de resolución.