TRIJEZ PROTEGE EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ DENTRO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES

 

En sesión pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TRIJEZ) resolvió trece Procedimientos Especiales Sancionadores (PES), un Recurso de Revisión (RR) y dos Juicios de la ciudadanía (JDC) interpuestos por diversos partidos políticos y personas candidatas a puestos de elección popular dentro del pasado proceso comicial.

Entre los asuntos resueltos, dos trataron el tema de la protección al interés superior de la niñez en las campañas electorales, el Tribunal determinó que los entonces candidatos debieron respetar los “Lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político-electoral” emitidos por el INE, en los que contempla que para que puedan aparecer menores en sus imágenes de campaña es indispensable contar con el consentimiento de quien ejerza la patria potestad o tutela y que si era su intención difundir imágenes con menores en sus redes sociales estaban obligados a difuminar, ocultar o hacer irreconocible la imagen, la voz o cualquier otro dato que los hiciera identificables.

Con este criterio, el Tribunal asume el compromiso de proteger la imagen de la niñez en las campañas electorales a efecto de salvaguardar su derecho a la intimidad.

En dicha sesión, se resolvieron diversidad de procesamientos especiales sancionadores en los que se determinó declarar la inexistencia de las infracciones denunciadas porque no se lograron demostrar los elementos constitutivos de la infracción electoral o por falta de pruebas para demostrar los hechos denunciados; otros medios de impugnación se declararon improcedentes falta de competencia para conocer de los mismos y pos desistimientos de las partes.

Finalmente en los procedimientos sancionadores TRIJEZ-PES-29/2024 Y ACUMULADO, TRIJEZ-PES-081/2024 y TRIJEZ-PES-057/2024 se acreditaron violaciones a diversas reglas de propaganda electoral, por lo que se sancionó a los denunciados con Amonestación Pública.