| Actor | Expediente | Fecha | Infografía | |||
| Irwing José Guerrero Ramos | TRIJEZ-JDC-035/2025 | 27/Enero/2026 |
El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas celebró este día Sesión Pública, en la cual el Pleno resolvió dos Procedimientos Especiales Sancionadores y un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía, reafirmando su compromiso con la protección de los derechos político-electorales y con la impartición de justicia bajo los principios de legalidad, imparcialidad y transparencia que rigen este Órgano Jurisdiccional.
Al concluir los asuntos a tratar, se llevó a cabo un acto institucional de reconocimiento a la labor desempeñada de la Magistrada Rocío Posadas Ramírez y del Magistrado José Ángel Yuen Reyes, quienes este día concluyen su encargo como integrantes del Pleno del Tribunal.
Durante la ceremonia la Magistrada Presidenta Gloria Esparza Rodarte y la Magistrada Teresa Rodríguez Torres les dedicaron unas palabras por su trayectoria, así como por las valiosas aportaciones que ambos realizaron con libertad y autonomía para fortalecer la justicia electoral en Zacatecas. Su labor contribuyó a consolidar criterios, reforzar el trabajo colegiado y garantizar la tutela efectiva de los derechos de la ciudadanía.
Posteriormente, tanto la Magistrada Rocío Posadas Ramírez como el Magistrado José Ángel Yuen Reyes emitieron un mensaje de despedida, en el que expresaron sus profundos agradecimientos a sus equipos de ponencia, por el compromiso, apoyo técnico y acompañamiento profesional a lo largo de su encargo.
De manera especial al Pleno del Tribunal, por el trabajo conjunto, el diálogo constante y el respeto institucional que caracterizó su desempeño colegiado.
Así mismo, a todo el personal del Tribunal, reconociendo su entrega, responsabilidad y la contribución que cada servidora y servidor público realiza para que la justicia electoral funcione de manera eficiente y cercana a la ciudadanía.
Ambas Magistraturas resaltaron que haber servido al Tribunal fue un honor y una experiencia de alto valor profesional y humano, y desearon éxito a quienes continuarán con la labor jurisdiccional en la institución.
La Magistrada Presidenta Gloria Esparza Rodarte reitera su reconocimiento a la Magistrada Rocío Posadas Ramírez y al Magistrado José Ángel Yuen Reyes por su compromiso y por el legado que dejan en esta institución, deseándoles éxito en los proyectos que emprendan en el futuro.
RUMBO ELECTORAL es la publicación académica que edita el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas. Su publicación es semestral y tiene como objetivo difundir y promover el conocimiento y reflexiones críticas en torno a la materia político-electoral, así como el análisis de criterios jurisdiccionales relevantes en este campo.
RUMBO ELECTORAL busca constituirse como un espacio para propiciar la pluralidad de voces y posiciones que, desde la academia, las instituciones públicas y la sociedad civil, aporten a la generación de conocimiento especializado en la materia electoral local, así como para contribuir al ejercicio efectivo de los derechos políticos en una sociedad democrática. Por su carácter de publicación académica, se encuentra dirigida a especialistas, docentes, personal investigador, estudiantes y funcionariado electoral.
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El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, previo a dar inicio a la sesión pública, guardo un minuto de silencio al Magistrado en retiro José Antonio Rincón González, con una remembranza de su trayectoria laboral a cargo del Magistrado José Ángel Yuen Reyes.
Siguiendo con el desarrollo de la sesión, el Pleno del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas resolvió, dos Juicios Ciudadanos, tres Procedimiento Especiales Sancionadores, un Juicio en Materia de Elección Judicial y siete Juicios de Nulidad Electoral, entre los que destacan los Juicios identificados con las claves TRIJEZ-JNE-007/2025 y acumulado, TRIJEZ-JNE-008/2025 y TRIJEZ-JNE- 009/2025 y acumulado, promovidos por ciudadanas en calidad de entonces candidatas a un cargo de elección judicial.
En dichos asuntos, las Actoras impugnaron el acuerdo del Consejo General por el que aprobó el cómputo estatal de la elección de juezas y jueces penales del Poder Judicial del Estado, declaró su validez y asignó los cargos entre las candidaturas que obtuvieron el mayor número de votos.
Las Actoras impugnaron el acuerdo argumentando, entre otras cuestiones, que la autoridad administrativa no debió interpretar la norma constitucional local porque contiene un mandato expreso al establecer cuál es el promedio que debían tener las personas que aspiraban a ser juezas o jueces.
Por ello, se declaró la inelegibilidad del candidato a Juez de Ejecución de Sanciones Penales del Poder Judicial del Estado de Zacatecas, del Juez de Control y Tribunal de Enjuiciamiento de Río Grande y la Jueza de Control y Tribunal de Enjuiciamiento de Ojocaliente, al no haber obtenido el promedio de ocho que exige la Constitución para aspirar al cargo y, por consecuencia, se declaró la nulidad de esa elección en el distrito judicial controvertido, conforme a lo previsto en la Ley de Medios.
Como resultado de lo anterior, se declaró la vacancia de los cargos; por lo que se ordenó dar vista al Órgano de Administración del Poder Judicial del Estado, en términos del artículo segundo transitorio del Decreto número 94 por el que se reformó la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.
Por otro lado, en el Procedimiento Especial Sancionador con clave TRIJEZ-PES-087/2024, iniciado por el Partido Político Morena en contra del entonces candidato a presidente municipal de Guadalupe, Zacatecas y una casa encuestadora por la presunta publicación de dos entrevistas y difusión de encuestas sin reunir los requisitos establecidos por la norma en materia electoral.
Este Tribunal, impuso una sanción consistente en una amonestación pública a la casa encuestadora, respecto a la encuesta publicada el veinte de mayo, ya que se acreditó en autos que no fue comunicada a la Secretaría Ejecutiva del IEEZ, en consecuencia, al no haber sido comunicada por la empresa encuestadora, se actualizó la vulneración en materia electoral sobre encuestas, sondeos de opinión, encuestas de salida y/o conteos rápidos.
Asimismo, en el Procedimiento Especial Sancionador con clave TRIJEZ-PES-096/2024, iniciado por el Partido Verde Ecologista de México en contra del entonces candidato a la presidencia municipal de Tlaltenango, Zacatecas por la supuesta propaganda gubernamental, la indebida promoción personalizada, actos anticipados de campaña, y la utilización de recursos públicos con fines electorales.
Al respecto, se acreditó que se trataba de propaganda gubernamental, ya que las publicaciones denunciadas reunían todos los requisitos mediante los cuales es posible advertir un logro del gobierno municipal, y no se encontraron dentro de las excepciones relativas a los servicios educativos, de salud, o las necesarias para la protección.
Por lo que, se declaró la existencia de la propaganda gubernamental pero no la promoción personalizada por parte del denunciado ni la utilización de recursos públicos en beneficio de su campaña.
Tampoco se acreditó la culpa invigilando del PAN, PRI y PRD al no haberse acreditado la utilización de recursos públicos, ni actos anticipados de campaña a favor de la candidatura del denunciado.
En lo que respecta, al Juicio Ciudadano con clave TRIJEZ-JDC-020/2025, promovido por dos ciudadanos, quienes se ostentaron como militantes del Partido de la Revolución Democrática Zacatecas, para impugnar la resolución RCG-IEEZ- 003/2025 emitida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, que declaró válido el procedimiento llevado a cabo para integrar sus órganos directivos y reservar la declaración de legalidad y constitucionalidad del Estatuto.
Los actores impugnaron argumentado que no está debidamente fundada y motivada, debido a que no revisó los actos irregulares realizados por la Dirección Estatal Ejecutiva y que los estatutos son una copia de los estatutos del extinto PRD.